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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 20
OFENDIDA, VALOR DE SU DICHO (RAPTO Y ESTUPRO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 20
La declaración de la ofendida por los delitos de rapto y estupro, tiene un valor indicial que debe tomarse en cuenta.
Precedentes
Amparo penal directo 5260/51. Guzmán Lozano Severiano. 1o. de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Tomo CXI, pág. 1937. Amparo directo 1025/48. Arizmendi Oropeza Eduardo. 17 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.