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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 566
CONFESION DEL ACUSADO. ATENUANTES (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 566
Los códigos llamados "clásicos" consagraban como atenuante la confesión del delito, pues en ellos no estaba del todo ausente la idea de que la confesión entraña arrepentimiento, y como durante siglos hubo la equiparación teórica del delito al pecado, el arrepentimiento era muy tenido en cuenta para la disminución de la pena; pero en los códigos que tienen una orientación no clásica, y en especial el de Veracruz, la noción de atenuante por confesión no existe y más bien se orienta por el criterio positivista de la peligrosidad.
Precedentes
Amparo penal directo 3671/52. Bernabé Tito. 19 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.