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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 590
DIVIDENDOS, IMPUESTOS SOBRE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 590
Si las prórrogas otorgadas a la sociedad causante no hicieron sino ampliar los plazos de la franquicia fiscal de que gozaba, y si ésta no comprendía, ni podía comprender, el impuesto del 8% sobre dividendos (porque todavía no se creaba ese tributo cuando se otorgó y porque el mismo es a cargo de los socios, y la exención no se estableció en favor de éstos, sino sólo en favor de la empresa), resulta innecesario estudiar si las mencionadas prórrogas debieron ajustarse a las disposiciones de la ley vigente cuando se concedieron ya que, en cualquiera de los aludidos supuestos, la franquicia no podía extenderse hasta el punto de liberar a los socios de la obligación de cubrir el impuesto del 8% sobre dividendos.
Precedentes
Revisión fiscal 353/51. Cerámica Industrial "El Aguila", S. A. 19 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.