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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 673
JURISPRUDENCIA, RETROACTIVIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 673
La jurisprudencia no está sometida al principio de irretroactividad, en tanto se limita a determinar el sentido de las leyes vigentes, puede aplicarse aun a los hechos anteriores a su adopción; y sólo se causaría agravio si se aplicase la jurisprudencia a un caso regido por una ley anterior.
Precedentes
Revisión fiscal 190/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Compañía Minera Concepción, Carmen y Anexas, S. A.). 21 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Mariano Azuela Rivera.