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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1631
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL (SUELDOS DE LOS SOCIOS).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1631
La circunstancia de que si se admite la deducción de las cantidades pagadas a los socios en concepto de sueldos, tal cosa pueda entrañar detrimento para los ingresos fiscales, no constituye técnicamente un agravio, a no ser que en el escrito de revisión se demuestre que, al respecto, se cometió una violación a la ley aplicable.
Precedentes
Revisión fiscal 3/55. Procuraduría Fiscal de la Federación ("La Ciudad de México, F. Manuel, sucesores."). 23 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.