Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384443
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
384443
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1688

COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. NO CAUSA EL IMPUESTO SOBRE EL USO DE AGUAS DE PROPIEDAD NACIONAL.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1688

Precedentes

Revisión fiscal 330/54. Procuraduría Fiscal de la Federación (Comisión Federal de Electricidad). 25 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Quinta Epoca: Tomo CXXV, página 3025. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2257/54. Comisariado Ejidal del Poblado de Atencingo y Anexas. Municipio de Chiautla, Puebla. 24 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.
Registro digital (IUS): 384443