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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1694
ALCOHOLES, IMPUESTO SOBRE (REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO OFICIOSO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1694
Si en la sentencia recurrida se estimó que había existido violación al procedimiento establecido en las disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal vigentes en la época en que se realizó la pretendida visita de inspección que sirvió de base para hacer la modificación a la cuota bimestral que venía pagando el actor, es evidente que la nulidad de la resolución impugnada debió haberse decretado para el efecto de reponer ese procedimiento.
Precedentes
Revisión fiscal 334/54. Procuraduría Fiscal del Distrito Federal (Bustamante García Luis). 25 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Rivera.