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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384491
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2538
INDEFENSION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2538
Si aun admitiendo como cierto que el testigo cuya comparecencia no se logró hubiese declarado en los términos que apuntan los quejosos, su testimonio no hubiera en modo alguno modificado la situación jurídica de aquéllos, el concepto de violación relativo resulta notoriamente infundado.
Precedentes
Amparo penal directo 6011/50. Paredes Terán Ildefonso 26 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.