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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 152
REVISION FISCAL, AGRAVIOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 152
Si el escrito de revisión sólo ataca un razonamiento del fallo recurrido, omite rebatir los demás fundamentos del mismo, los que se mantienen firmes por no haber sido impugnados en la revisión, y si los mismos bastan para determinar el sentido del fallo, éste debe confirmarse, pues la revisión fiscal se tramita y decide de acuerdo con las reglas del recurso de revisión en el amparo, y el juicio de garantías, en materia administrativa, es de estricto derecho.
Precedentes
Revisión fiscal 73/54. Procuraduría Fiscal de la Federación (Cooperativa de Producción Pesquera "Cuchara", S.C.L.). 5 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.