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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 173
PRUEBAS EN MATERIA FISCAL. OPORTUNIDAD PARA OFRECERLAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 173
Por mucho que existan reglas jurídicas a las cuales se deba ajustar el procedimiento oficioso, si la autoridad fiscal no quiso perfeccionar la prueba que ante ella se había ofrecido, resultan nugatorias para la actora las reglas jurídicas que se mencionan, de lo que resulta que dicha parte actora no tuvo oportunidad de rendir la prueba en la parte oficiosa del procedimiento.
Precedentes
Revisión fiscal 301/52. Instituto Mexicano del Seguro Social (Banco Internacional Inmobiliario, S.A.). 6 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe Tena Ramírez.