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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2051
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2051
Si el acusado no prueba durante el proceso que el cheque que libró y que no fue pagado por falta de fondos, hubiera sido desnaturalizado o desviado de su función normal de orden incondicional de pago, ni que el tomador lo hubiera recibido simplemente como garantía de pago de una deuda a sabiendas de que el girador carecía de fondos en el banco, se debe concluir que el acto de librar tal cheque, cubre los elementos típicos del delito previsto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito .
Precedentes
Amparo penal directo 2154/52. Alcántara Palai Alfonso. 9 de septiembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Rafael Matos Escobedo.