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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 355
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, RESPONSABILIDAD EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 355
No es exacto que tratándose del delito de falsificación de documento, únicamente se pueda considerar responsable de la infracción a la persona que materialmente se haya encargado de formar la pieza en cuestión, pues conforme al artículo 13 del Código Penal, son responsables los que intervienen en la concepción, preparación o ejecución de los delitos, los que inducen o compelen a otro a cometerlos y los que de alguna manera prestan auxilio o cooperación en la ejecución de ellos.
Precedentes
Amparo penal directo 4786/52. Herrejón Velázquez Magdalena. 22 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.