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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 562
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 562
Si el quejoso confesó que al ser herido, su heridor echó a correr, y él entonces le disparó con la escopeta que portaba, haciéndolo caer al suelo, es indudable que la conducta del hoy quejoso no se limitó a defender simplemente su integridad personal ya dañada, contra la injusta agresión, sino, en realidad, a herir a su vez en desquite o por venganza a quien lo había herido; pues si su mismo heridor, tras de conseguir su propósito lesivo corría ya y dejó de atacarlo, había cesado entonces la actualidad de la agresión, que es el elemento esencial de la excluyente de legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 2105/52. Basilio Raymundo. 2 de mayo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.