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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384652
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 586
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 586
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 234 del Código Federal de Procedimientos Penales, no es preciso que el dictamen pericial exprese todas las operaciones y experimentos que el perito practique y que su ciencia o arte le sugiera, hasta llegar al conocimiento buscado, sino que sólo exige dicho precepto que se expresen los hechos y circunstancias que sirven de fundamento a su opinión.
Precedentes
Amparo penal directo 1148/52. Quiñones Manuel y coag. 3 de mayo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.