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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 714
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE (LEGISLACION MILITAR).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 714
Si está probado que el inculpado fue quien agredió a su víctima, es evidente que no obró impulsado por el temor fundado e irresistible de un mal inminente y grave, a que se refiere la fracción X del artículo 119 del Código de Justicia Militar.
Precedentes
Amparo penal directo 2700/52. Flores Ayala Rubén. 3 de junio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Felipe Tena Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.