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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 892
CAREOS, RETRACTACIONES EN LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 892
Aun cuando en el careo que se practicó entre el acusado y un testigo, éste haya rectificado su declaración y expresado no haber dicho lo que se asienta en ella, dicha rectificación resulta sospechosa, si se advierte en ella un claro ánimo de beneficiar al reo y no explica el por qué de la primitiva manifestación.
Precedentes
Tomo CXXIV, página 1439. Indice Alfabético. Amparo penal directo 5127/47. Zavaleta Sánchez José. 16 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Tomo CXXIV, página 892. Amparo penal directo 5687/51. Reyes Casillas José. 14 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.