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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1227
CONFESION CALIFICADA DEL ACUSADO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1227
La confesión del procesado debe tomarse en consideración como prueba de los hechos sólo en cuanto lo perjudica, pero no en cuanto lo favorece, si respecto de estos puntos existe la declaración de un testigo, que la contradice.
Precedentes
Amparo penal directo 117/52. Velázquez Villegas Jesús. 27 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.