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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1230
CUMPLIMIENTO DEL DEBER Y EJERCICIO DE UN DERECHO, EXCLUYENTES DE (POLICIAS).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1230
Si el reo, pretendiendo en ejercicio de sus funciones policiacas, detener al hoy occiso, que estaba escandalizando, empleó para defenderse del ataque de éste, un medio del que no había necesidad racional, de ello se deduce que no obró en el cumplimiento de un deber legal o en el ejercicio de un derecho, pues su deber como policía se limitaba a detener al ofendido, sin hacer uso de los medios violentos que empleó.
Precedentes
Amparo penal directo 141/52. Marure Hernández Timoteo. 27 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.