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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1472
JUICIOS FISCALES. CARGA DE LA PRUEBA TRATANDOSE DE HECHOS NEGATIVOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1472
Si la actora negó enfáticamente un hecho en su demanda, sin que su negación entrañe una afirmación, atento lo dispuesto en los artículos 81 y 82 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio del Fiscal, nada tenía que probar dicha actora, ni menos probar una negativa absoluta; pues la carga de la prueba en esas condiciones correspondió a la autoridad administrativa.
Precedentes
Revisión fiscal 287/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Buj Echevarría Enrique, suc. de). 9 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.