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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2104
ACTOS Y RESOLUCIONES ADMINISTRATIVOS, PRESUNCION DE VALIDEZ DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2104
La presunción de validez que atribuye el artículo 201, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación a los actos y resoluciones administrativos, no comprende actos de naturaleza eminentemente procesal, como la contestación de una demanda.
Precedentes
Revisión fiscal 364/54. Tesorería del Distrito Federal (Azurmendi de Bergis Gloria). 31 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.