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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 176
PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 176
La Suprema Corte ha declarado que debe exigirse para otorgar pleno valor probatorio de convicción a la prueba presuntiva, "la existencia de un conjunto de indicios que, entre sí, mantengan una conexión tan directamente clara entre la persona del inculpado y el delito, que el juzgador no pueda, racionalmente, suponer que otro lo haya cometido".
Precedentes
Amparo penal directo 828/51. Luis Morales Torres. 12 de enero de 1955. Mayoría de tres votos. Ausente: Mariano Azuela. Disidente: Juan José González Bustamante. Ponente: Angel González de la Vega.