Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384893
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 355
PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 355
En realidad la llamada prueba plena constituye una ficción legal en los regímenes de prueba tasada; pero en tratándose de prueba de indicios no puede existir ficción legal alguna, en las legislaciones en que la prueba plena no será sino un estado subjetivo, una convicción fundada en situaciones demostradas, a la que se llega mediante un raciocinio lógico; los indicios deber ser tales para fundar la convicción del juzgador, que no exista interrupción alguna dentro de la cadena indiciaria, de manera que quien juzga esté en aptitud de afirmar sin temor alguno de equivocarse, que la verdad histórica es aquella que funda la declaratoria, de culpabilidad.
Precedentes
Amparo penal directo 9221/50. Cervantes Rosa. 20 de enero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.