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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 516
SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FISCAL, CONGRUENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 516
El artículo 203 del Código Fiscal (coincidente con el 222 del Federal de Procedimientos Civiles) consagra el principio de las congruencias de los fallos, por virtud del cual las sentencias deben estudiar y resolver todos los temas planteados y abstenerse de pronunciar decisión alguna sobre puntos no debatidos.
Precedentes
Revisión fiscal 238/54. Instituto del Seguro Social (Institución de Beneficencia Privada "Casa Betti"). 26 de enero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.