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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 838
TRIBUNAL PARA MENORES.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 838
El procedimiento ante los Tribunales de Menores no es un procedimiento judicial en el que se condene o absuelva, sino que todo él va encaminado a la educación del menor que ha realizado una conducta descrita en la Ley Penal como antisocial. El Tribunal para Menores no tiene jurisdicción en el sentido propio, pues no resuelve la relación planteada y nacida con motivo de los hechos que dan origen a la consignación del menor.
Precedentes
Amparo penal directo. 1327/52. Martínez Viveros Enrique. 14 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.