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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384943
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1054
DROGAS ENERVANTES. SU POSESION HACE PRESUMIR ACTOS DE TRAFICO O SUMINISTRO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1054
De la interpretación de los artículos del 524 al 526 del Código Federal de Procedimientos Penales, se concluye que la mera posesión de enervantes hace presumir también la ejecución de actos de tráfico o suministro, a menos que, por el respectivo diagnóstico, se acredite que el inculpado es un toxicómano y que la posesión del enervante tiene por finalidad exclusiva el uso personal que de éste haga dicho inculpado.
Precedentes
Amparo penal directo 28/53. Ignacio Moreno de León. 23 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.