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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1143
VENTAJA, CALIFICATIVA DE (LEGISLACION DE TABASCO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1143
Para la existencia de ventaja no basta que se reúnan las condiciones de superioridad a que se refiere cualquiera de las fracciones del artículo 304 del Código Penal, sino que es menester, además, que esas ventajas sean de tal naturaleza que el que hace uso de ellas permanezca inmune al peligro y sepa que la víctima se encuentra inerme.
Precedentes
Amparo penal directo 1300/52. Jovio Damasco. 25 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.