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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1636
RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA. RIÑA TUMULTUARIA (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1636
El caso de la complicidad correspectiva a que se refiere el artículo 277 del Código Penal tiene como supuesto la riña tumultuaria, y no simplemente la participación. La complicidad correspectiva entraña la intervención de sujetos activos múltiples, el desconocimiento de la acusación material y una ficción consistente en atribuir el resultado a todos los que intervinieron, y el supuesto de la complicidad correspectiva en el caso de riña tumultuaria en la que, por la naturaleza propia de la misma, no es posible identificar a quien haya dado el golpe mortal y sólo se conoce que todos los acusados han intervenido en la producción del daño en mayor o menor grado, sin poder precisar su participación.
Precedentes
Amparo penal directo 449/52. Mares Isidro y coag. 14 de marzo de 1955. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.