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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1716
MEDICINAS DE PATENTE, CERTIFICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1716
En la sentencia combatida se sustenta que: "Basta la simple lectura de los artículos 11 y 12 (del Decreto de 31 de diciembre de 1941 relativo a ingresos mercantiles) para concluir que los efectos que se pretende tiene la certificación por la adhesión de los timbres especiales a las medicinas de patente, son los mismos que se señalan para la aprobación y registro por el Departamento de Salubridad o sea, que los productos no se encuentran dentro de los casos de prohibición que señala el Código Sanitario, y la declaración certificada de tal circunstancia, no es otra que la publicación de las listas oficiales de los productos aprobados, así pues, resulta evidente que no existe en realidad un derecho de certificación, si no propiamente un impuesto especial a la venta del producto que se permite o se prohibe como consecuencia de la aprobación o cancelación del registro, sin que tenga ningún efecto la llamada certificación, y no existe éste, porque ya quedó demostrado que no hay tales contraprestaciones por él, elementos distintivos del derecho, en contraposición al impuesto, que fija el Estado unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincide con la que la Ley señala como hecho generador del crédito fiscal". Ahora bien, la Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia estima que los razonamientos aducidos en la tesis transcrita son del todo acertados.
Precedentes
Revisión fiscal 85/53. Tesorería del Distrito Federal (Forhan's Zonite de México, S. A.). 16 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.