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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1830
TRIBUNAL FISCAL, TESIS OBLIGATORIAS PARA LAS SALAS DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1830
La circunstancia de que otra Sala del mismo Tribunal Fiscal haya dictado un fallo en que se sustentó el criterio que invoca la autoridad recurrente, no podía obligar a la sentenciadora, pues sólo la jurisprudencia del Pleno del propio Tribunal y la de la Suprema Corte de Justicia constituyen tesis obligatorias para las Salas (artículos 156, 159, fracción VI, y 185, incisos 2o. y 3o., del Código Fiscal).
Precedentes
Revisión fiscal 8/55. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Orozco Otón Salvador). 22 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.