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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1859
SEGURO SOCIAL, FACULTADES DEL CONSEJO TECNICO CONSULTIVO DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1859
Si el Consejo Técnico ordenó a la empresa actora que debía llenar cierto número de medidas preventivas en la factoría de su propiedad dentro de cierto plazo, y dicha empresa, según confesó, no cumplió ese acuerdo en el plazo señalado, y en el procedimiento oficioso de donde emana la resolución impugnada se comprobó esa circunstancia, así como también el aumento progresivo de accidentes de trabajo, dicho Consejo obró dentro de sus facultades al colocar a la actora en un mayor grado de riesgo.
Precedentes
Revisión fiscal 177/52. Instituto Mexicano del Seguro Social (Fábrica de Hilados y Tejidos "Puente Sierra", S.A.). 23 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.