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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 788
AGRAVIOS EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 788
El artículo 704 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales impone al recurrente la obligación de expresar los agravios que en su concepto le ocasione la resolución apelada.
Precedentes
Amparo civil directo 2377/49. Ugalde Felipe. 3 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.