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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
385061
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 919

ARRENDAMIENTO, EL DECRETO DE 11 DE JULIO DE 1946 QUE REFORMO EL ARTICULO 1032 DEL CODIGO CIVIL DE YUCATAN, NO ES RETROACTIVO.

[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 919

Precedentes

Amparo civil directo 6381/47. Espinosa Bolio Enrique. 9 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 385061