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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1604
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL, POR FALTA DE PAGO PUNTUAL DE LAS RENTAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1604
El decreto de once de febrero de mil novecientos cuarenta y seis se expidió en beneficio de los inquilinos para protegerlos contra el abuso de los dueños de casas de alquiler, pero en ninguna de sus disposiciones autoriza que los arrendatarios puedan hacer uso de los beneficios que les otorga, sin cumplir, por su parte, las obligaciones a su cargo, entre las que se encuentra la de pagar las rentas en los plazos convenidos, en los términos del artículo 2452 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales , por no haberse suspendido su vigencia mediante el expresado decreto.
Precedentes
Amparo civil directo 3397/48. Mares Francisco. 2 de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.