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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1538
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1538
Para que proceda la rescisión del contrato de arrendamiento fundada en la fracción VII del artículo 7o. del Decreto de prórroga de contratos de arrendamiento, es necesario demostrar que quiénes solicitan del arrendador que demande la rescisión del contrato de arrendamiento de que se trate, tienen la condición de inquilinos del edificio en que está la vivienda del demandado, y que, por otra parte, constituyen la mayoría, así como, además, que la causa de su petición es fundada.
Precedentes
Amparo civil directo 4785/50. Flores Refugio. 16 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.