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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1782
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL, Y PAGO DE RENTAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1782
Si la parte actora demandó la rescisión del contrato de arrendamiento y el pago de las prestaciones que le son debidas en virtud del mismo contrato, o sean las mensualidades atrasadas y las que han de vencerse hasta la entrega del inmueble, lo que se solicita como efecto necesario de la declaratoria de la rescisión, no puede sostenerse que se está en presencia de una demanda en la que se acumulan acciones contradictorias.
Precedentes
Amparo civil directo 3580/48. Campuzano de Balestra Estela. 23 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.