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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 292
ARRENDAMIENTO, LA PRORROGA DE LOS CONTRATOS DE. NO ENTRAÑAN MODALIDADES A LA PROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 292
La prórroga forzosa de los contratos de arrendamiento, y la prohibición del aumento de las rentas en los casos específicamente determinados en el Decreto respectivo, adoptados en beneficio del arrendatario que ha cumplido fielmente las obligaciones derivadas del contrato, constituyen disposiciones imperativas que deben prevalecer sobre la voluntad manifestada expresamente en el contrato de arrendamiento, y no significan limitación al principio de autonomía de las partes que contratan, ni entrañan modalidades al derecho de propiedad del dueño de la finca arrendada, porque éste continúa gozando íntegramente su derecho a través de las relaciones contractuales, en virtud de las cuales, a cambio del derecho de usar la cosa, se le paga la renta por él mismo estipulada.
Precedentes
Amparo civil directo 1433/46. Garza González Cecilio. 19 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.