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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385121
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 377
REPARACION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 377
"El procedimiento de reparación constitucional, que arranca del Código Federal de Procedimientos Civiles de 1908, se creó para corregir el grave error en que se incurrió en el Código Federal de Procedimientos Civiles de 1897, de autorizar el juicio de amparo contra cualquier resolución dentro del procedimiento, lo cual provocaba que a través de las dos instancias de un juicio común se fueran produciendo multitud de juicios de amparo; y la finalidad buscada con ese instituto de la reparación constitucional consistió en hacer que todas las violaciones que se cometieran a lo largo de un procedimiento común, mediante resoluciones que no admitieran recursos, quedaran propiamente subsumidas en la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo civil directo 6879/40. Compañía Internacional de Petróleo y Oleoductos S.A. 22 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.