Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/385127
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385127
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 533
ARRENDAMIENTO, LOS DECRETOS SOBRE PRORROGA DE LOS CONTRATOS DE, NO ENTRAÑAN MODALIDADES A LA PROPIEDAD (INQUILINATO EN VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 533
La Suprema Corte ha resuelto que no son inconstitucionales la Ley Inquilinaria del Estado de Nuevo León, ni los Decretos números 265 y 60 de la Legislatura de Durango, ni el Decreto de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete para el Distrito Federal, referentes a la misma materia y que las leyes que regulan la prórroga forzosa de los contratos de arrendamiento o que establecen otras restricciones a los derechos del arrendador, no constituyen modalidades a la propiedad, sino que importan solamente limitaciones a la libertad contractual.
Precedentes
Amparo civil directo 972/47. Rodríguez Gorgonio y coags. 29 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.