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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 746
PRUEBA PERICIAL, VALOR DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 746
La Suprema Corte ha establecido que el arbitrio judicial concedido al juzgador para la apreciación de ciertas pruebas, como la testimonial, pericial o presuntiva, no es absoluto, sino que está restringido por determinadas reglas basadas en los principios de la lógica, de los cuales no debe separarse.
Precedentes
Amparo civil directo 1383/47. Rivero Mario Alfredo. 7 de mayo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.