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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1856
APELACION, CUESTIONES QUE NO FUERON MATERIA DE AGRAVIOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1856
Si la materia que se propone ahora a estudio no fue propuesta ante la responsable sentenciadora, ésta no estuvo obligada a decidirla, ya que, esa omisión implicaba la conformidad por parte de la recurrente respecto de la sentencia de primera instancia.
Precedentes
Amparo civil directo 4883/43. Coppe José, Suc. de. 30 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.