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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 775
SENTENCIAS, FUNDAMENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 775
Si el juzgador no dice por qué estima que son fidedignos los testigos presentados, ni argumenta para concluir y por qué deben tener pleno valor probatorio sus declaraciones, y ni siquiera expresa en qué consisten éstas, la sentencia que dicte no está debidamente fundada ni motivada.
Precedentes
Amparo civil directo 7858/46. Francisco Vargas N. 2 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.