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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
385178
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1281

TEMERIDAD DE LOS LITIGANTES, LA FACULTAD DE CALIFICARLA NO ES EXCLUSIVA DE LOS JUECES DE PRIMERA INSTANCIA.

[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1281

Precedentes

Amparo civil directo 4629/43. Solana Felipe. 24 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 385178