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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385230
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 318
SENTENCIAS, CONGRUENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 318
Los tribunales no pueden omitir ni negar la resolución de los problemas que ante ellos se han planteado y sus sentencias deben ser congruentes con las pretensiones oportunamente deducidas.
Precedentes
Amparo civil directo 3898/43. Bustamante Luis Felipe. 29 de octubre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.