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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 544
PATERNIDAD, PRUEBAS DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 544
El hecho de que el quejoso se haya dirigido por medio de cartas a la madre del menor, interesándose por la salud y vigor de éste y haya propuesto hacerse cargo del mismo en caso de que la madre lo dejara en manos de terceros, para evitar así que se lo roben, no hace deducir como una consecuencia necesaria la paternidad que se atribuye al promovente; pues de acuerdo con la disposición contenida en el artículo 387 del Código Civil, ni siquiera el mismo hecho de dar alimentos constituye por sí solo prueba, ni aun presunción de la paternidad, ni puede alegarse como razón para investigar esta.
Precedentes
Amparo civil directo 621/45. Kitscha Emilio. 12 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.