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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 778
DAÑOS Y PERJUICIOS, DETERMINACION RAZONADA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 778
Las autoridades sólo deben tomar en cuenta aquellos daños y perjuicios que sean una consecuencia inmediata y directa de la falta de cumplimiento de las obligaciones determinando razonadamente si se causaron o necesariamente debieron causarse.
Precedentes
Amparo civil directo 3959/49. Petróleos Mexicanos. 4 de diciembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.