Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/385285
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 363
EMBARGOS, EFECTOS DE LAS INSCRIPCIONES DE LOS, CONTRA TERCEROS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 363
El aseguramiento de bienes que se hace para garantizar el pago de un crédito, tiene por objeto mantener dichos bienes en disposición de remate para el caso de que la sentencia sea adversa al deudor demandado, y una vez inscrito este aseguramiento, mientras no se cancele conforme a los requisitos legales, surte efectos contra terceros no sólo durante la vigencia del embargo, sino también hasta que se inscriba la escritura de adjudicación derivada del remate que se produzca.
Precedentes
Amparo civil directo 9074/47. Gil Viuda de Rodríguez Jovita. 17 de julio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Felipe Tena Ramírez y Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.