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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 661
REGISTRO PUBLICO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 661
No es requisito para la validez de una inscripción de hipoteca, que el título sea presentado personalmente por el acreedor o por una apoderado de éste; pues lo que la ley exige es que la presentación de haga de modo que el encargado del registro se forme la convicción de que un acreedor hipotecario desea inscribir su título en el libro correspondiente.
Precedentes
Amparo civil directo 6834/39. Bustamante Luis Felipe. 14 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.