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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1009
NACIONALIZACION DE BIENES DESTINADOS A LA ADMINISTRACION, PROPAGANDA O ENSEÑANZA DE UN CULTO RELIGIOSO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1009
La fracción II del artículo 27 constitucional, conforme a la cual, los obispados, casas curales, seminarios, asilos o colegios de asociaciones religiosas, conventos o cualquier otro edificio que hubiere sido construido o destinado a la administración, propaganda o enseñanza de un culto religioso, pasarán desde luego, de pleno derecho, al dominio directo de la nación, debe interpretarse tomando en cuenta que el concepto instrucción o enseñanza religiosa es el genérico en el que se comprende el de enseñanza de un culto religioso, que se refiere, propiamente, a la forma material y prácticas espirituales necesarias para honrar a la divinidad religiosa, a través de oraciones o actos de homenaje, sumisión u otros semejantes, pues no es concebible la enseñanza de esas prácticas sin la previa de la religión misma.
Precedentes
Amparo civil directo 8065/47. Kearns Armstrong Catherine. 22 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.