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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1060
COMPRAVENTA A PLAZOS BAJO FORMA DE ARRENDAMIENTO, RESCISION POR VICIOS DE LA COSA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1060
La renuncia a reclamar la rescisión de la traslación de dominio por vicios de la cosa, se justifica porque tal traslación se realiza después de que el comprador conoce el bien, por haberlo poseído durante tres meses, hipótesis que no ocurre en el arrendamiento previo, y no es cierto que la extinción de los efectos previos del contrato, deje firme la traslación de dominio, porque ésta está condicionada a diversas circunstancias, entre las cuales está la feliz conclusión del arrendamiento transitorio.
Precedentes
Amparo civil directo 4526/49. Zaldívar Miguel y coags. 24 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.