Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/385375
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1250
COMPRAVENTA (LINDEROS).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1250
La omisión de los linderos de un predio no afecta, indudablemente, al perfeccionamiento del contrato de compraventa, si la determinación del inmueble se precisa con la denominación de éste y su ubicación, y resulta, además, explicable, por la naturaleza del documento en que se hizo constar la operación. La fijación de los linderos será materia de la escritura pública que se extienda y no es, en todo caso, indispensable su precisión, si el predio puede identificarse con su sólo nombre.
Precedentes
Amparo civil directo 9900/50. Lozano viuda de Espinosa Alejandra y coag. 13 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.